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II Por los buenos empleos

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Hay dos formas de emplear la fuerza laboral: utilizar ese capital, esa formación, para aumentar la productividad de la empresa –y también reducir con ello los costes-, o tratar directamente de bajar los salarios, mediante la precariedad y obviando la formación.

Contrariamente a lo que se podría pensar, no se trata de una decisión de las empresas, o no fundamentalmente. Se trata de una decisión que deriva de las reglas y del funcionamiento que rige en el mercado de trabajo.

Si la regulación (o desregulación) ofrece la posibilidad de contratar y despedir a los trabajadores con toda facilidad y de utilizar la rotación laboral, los costes laborales serán bajos y la inestabilidad en el empleo hará que las empresas ni puedan ni quieran valorar y utilizar la capacidad y la formación de sus trabajadores: solo les preocupará que los salarios sean bajos.

No se puede tener el despido desregulado y un fraude generalizado en la utilización de los contratos temporales y pretender que las plantillas de las empresas no roten, al tiempo que se hacen llamamientos a la importancia de la formación y la productividad. No es posible.

La regulación y el funcionamiento del mercado laboral deben no solo dar señales claras sino establecer un marco bien definido: la flexibilidad ha de lograrse utilizando la formación de trabajadores que han de ser, salvo circunstancias excepcionales, estables en las empresas; la clave de la competitividad salarial debe estar en una elevada productividad del trabajo y no en sistemas que persigan constreñir o devaluar los salarios. Tenemos que reducir la temporalidad, la más alta de Europa desde hace tres décadas.

Tanto para circunstancias estructurales como para coyunturales se utilizan las mismas instituciones laborales, normalmente los despidos. No existe en la regulación prevalencia ni prelación en el uso de unas instituciones laborales u otras según cada caso: la empresa puede comenzar directamente por aplicar los despidos. Carecemos de un mecanismo o sistema alternativo a los despidos suficientemente eficaz y obligatorio para evitar que los ajustes se hagan solo o fundamentalmente sobre el empleo.

Todos los países, comenzando por Alemania, se han dotado de una u otra forma de algún sistema de este tipo para evitar males mayores, para evitar los inmensos costes humanos y materiales que ocasiona que todas las empresas se defiendan de las crisis despidiendo al mismo tiempo.

porque el coste de la inestabilidad es insoportable<strong>. </strong>Durante la crisis han sido despedidos más de cinco millones de trabajadores con contrato indefinido. Si para ajustarse ante la crisis hay que despedir a la mitad de los trabajadores estables del país es que hemos perdido la racionalidad.

Esta es la razón por la que España es la única economía europea en la que el empleo cae más que el PIB en los procesos de crisis. La única donde la productividad del trabajo se mueve al revés que en los demás países: cuando crece la economía, no sube, cuando cae la economía crece y se dispara. Porque destruye el empleo cuando los demás lo mantienen.

El trabajo de usar y tirar es antagónico con la utilización de mejores dotaciones de capital humano. Para que las empresas progresen en el desarrollo de formas más eficientes y modernas de organización del trabajo, es decir en la flexibilidad interna, los trabajadores han de permanecer estables en las empresas.

para regular eficientemente las relaciones laborales y distribuir equitativamente la productividad<strong>. </strong>La negociación colectiva, por su parte, ha de ser la institución por excelencia para disponer de una regulación laboral compartida en las empresas, para realizar una gestión adecuada de las relaciones laborales, y para repartir los incrementos de la productividad. Pero eso solo puede ser así si las condiciones de la misma no permiten que una parte, la parte empresarial, comience a utilizarla para rebajar los costes salariales, como ha sucedido con la reforma de 2012. Bajar los salarios no puede ser una facultad unilateral del empresario.

Se pretende la introducción de flexibilidad deteriorando las condiciones laborales o perjudicando la conciliación. Esto es porque la negociación colectiva no está equilibrada. Eso genera desconfianza y rechazo entre los trabajadores ante la introducción de fórmulas más flexibles de trabajo. El estímulo a la negociación y a los acuerdos se basa en el equilibrio.

‘Derogar la reforma laboral de 2012’ es imprescindible. Pero hay que ir más allá para construir un nuevo modelo laboral, en un nuevo Estatuto de los Trabajadores basado en la estabilidad del empleo, en volver al equilibrio entre las partes y en la negociación, en establecer un modelo cooperativo. Algo que solo se puede hacer restituyendo derechos y condiciones laborales perdidos y superando una desregulación laboral para obtener resultados similares a los de los países de nuestro entorno.

La participación de los trabajadores en las decisiones y objetivos de las empresas es la otra pieza necesaria para construir un modelo laboral justo. Mantener a los trabajadores apartados de la marcha de las empresas y de los resultados que estas obtengan no es una forma moderna, adecuada y eficaz de mejorar la situación de las empresas.

Es preciso crear un sistema de participación de los trabajadores en las decisiones y objetivos de las empresas que les afectan. Al igual que hay que establecer que al menos un 5% de los beneficios distribuidos sea destinado a sistemas de participación económica de los trabajadores.

Además, los estudios disponibles ponen en evidencia el retraso en la incorporación en España de sistemas avanzados de organización del trabajo en las empresas y el predominio de sistemas superados en los países de nuestro entorno. El proceso de modernización de las empresas requiere asimismo el avance en los sistemas y derechos de conciliación, cuestión tan retrasada hoy que es un clamor social.

Por último, resulta clave para conseguir los objetivos económicos que se persiguen, favorecer el capital productivo y gravar el especulativo. En esta perspectiva, carece de sentido que los movimientos y transacciones puramente financieras no estén sometidas a imposición y sí lo estén las actividades productivas.

Una ley que acabe con el fraude de los falsos contratos a tiempo parcial, los falsos autónomos, los falsos becarios, las horas extras que se trabajan y no se cobran, la explotación de jóvenes investigadores, la discriminación salarial de las mujeres y el fraude de los contratos temporales.

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